El Ayuntamiento de Parla abre una convocatoria de ayudas para instalaciones fotovoltaicas

Foto de archivo de trabajador y paneles solares.

El Ayuntamiento de Parla, a través de la Concejalía de Transición Ecológica y el área de Economía y Hacienda, ha abierto una convocatoria de ayudas para subvencionar las instalaciones de energía solar fotovoltaica que hayan finalizado sus obras en los años 2020, 2021 y 2022. El paquete de ayudas reúne 100.000 euros para instalaciones fotovoltaicas, tanto industriales como residenciales. Las solicitudes se pueden presentar hasta el 18 de abril, tanto a través de medios electrónicos como presencialmente, en el caso de las personas físicas. En cambio, las personas jurídicas, entidades o aquellos que ejerzan una actividad profesional, deberán realizar los trámites a través de la sede electrónica del ayuntamiento.

Las instalaciones fotovoltaicas acometidas en Parla en 2020, 2021 o 2022 podrán optar a subvenciones del ayuntamiento.

La finalidad de estas subvenciones es respaldar las iniciativas ciudadanas y empresariales en materia de instalación de infraestructuras fotovoltaicas, así como impulsar comunidades energéticas locales; facilitar el ahorro de vecinos y empresas del municipio; y reducir la dependencia de combustibles fósiles.

Las actuaciones subvencionables deberán estar ejecutadas y con certificado de finalización de obra en los años 2020, 2021 o 2022 en edificios ubicados en Parla. La ayuda se podrá obtener si se ha realizado una instalación fija de energía solar fotovoltaica en cubierta del edificio o cualquier elemento estructural como asideros, barandillas o terrazas. En ningún caso se subvencionarán aquellos trabajos que no contasen con licencia municipal previa y con el correspondiente certificado de finalización de obra al término.

Requisitos para la solicitud de ayudas para instalaciones fotovoltaicas

Pueden presentar solicitudes las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso de viviendas, constituidas conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio de Propiedad Horizontal, sea cual sea el uso de la instalación.

Además, si ha existido previa autorización de la comunidad de vecinos para la instalación fotovoltaica de autoconsumo en la cubierta del edificio, también pueden optar a una subvención para uno o varios propietarios particulares del bloque residencial.

Igualmente, pueden optar al procedimiento titulares de viviendas unifamiliares, asociaciones, cooperativas, comunidades de bienes, fundaciones y otras personas físicas o jurídicas que sean propietarios o arrendatarios de un local o edificio, que desarrolle su actividad económica en Parla.

Por último, tienen derecho a solicitar la subvención las comunidades energéticas locales que se hubieran constituido en la fecha de la solicitud, con sede social en Parla y que desarrollen proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible, con el objetivo de proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a los socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras.

 
 
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