Las comunidades energéticas de Pamplona pueden solicitar ayudas para instalaciones de autoconsumo

Placas solares instaladas en la azotea de un edificio de viviendas.

La convocatoria de ayudas del Ayuntamiento de Pamplona para instalaciones solares fotovoltaicas de generación de energía eléctrica para autoconsumo en inmuebles y/o edificios de la ciudad para este año 2023 incluye, como principal novedad, la inclusión de las comunidades energéticas como posibles solicitantes. Las ayudas, que podrán solicitarse hasta el 31 de octubre, cuentan con un presupuesto de 30.000 euros.

La convocatoria está dotada con 30.000 euros y permanecerá abierta hasta el 31 de octubre.

Como en años anteriores, el Ayuntamiento de Pamplona busca potenciar un uso racional de la energía con medidas de ahorro y eficiencia, así como impulsar el desarrollo de energías renovables en el término municipal de Pamplona.

Con la inclusión de las comunidades energéticas como receptoras de subvenciones se da continuidad a las conclusiones extraídas tanto de la Estrategia de Transición Energética y Cambio Climático 2030 de Pamplona como del informe final del proyecto European City Facility (EUCF).

En ellas, se destaca que las comunidades energéticas se sitúan como una herramienta que puede facilitar el proceso de descarbonización de la ciudad, ya que pueden canalizar la participación de la ciudadanía y pequeñas empresas en la lucha contra el cambio climático, además de dinamizar inversiones colectivas en la ciudad para avanzar en la transición energética.

Requisitos de las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo

Serán subvencionables aquellas inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica fotovoltaica para autoconsumo realizadas en el término municipal de Pamplona. Toda la información sobre la convocatoria se puede consultar en la web del consistorio o poniéndose en contacto con la Agencia Energética Municipal del Ayuntamiento de Pamplona (agencia.energetica@pamplona.es; 948 420 991).

Las instalaciones deben pertenecer a alguna de las siguientes tipologías: instalaciones fotovoltaicas de consumo individual (tipo b.1), es decir, asociadas a un solo contrato de suministro de energía eléctrica; instalaciones fotovoltaicas de consumo colectivo (tipo b.2), asociadas a dos o más contratos de suministro de energía eléctrica; o instalaciones fotovoltaicas de consumo colectivo para comunidades energéticas (tipo b.3), cuyo titular sea una comunidad energética.

La inversión subvencionable no podrá ser inferior a 2.000 euros. El importe de la subvención será de hasta el 50% del gasto subvencionable, con una cuantía máxima por solicitud de 2.000 euros para instalaciones de autoconsumo individual (tipo b.1), de 5.000 euros para autoconsumo colectivo (tipo b.2) y de 6.000 euros para comunidades energéticas (tipo b.3). Junto a la novedad de las comunidades energéticas, en esta convocatoria se amplía el límite de gasto para instalaciones de autoconsumo colectivo que pasa de 4.000 a 5.000 euros.

Presentación de solicitudes

El plazo para la realización de las instalaciones subvencionables está abierto hasta el 31 de octubre de 2023 y la ejecución de la instalación subvencionada deberá finalizar como máximo para el 31 de octubre de 2023. En esa fecha todas las instalaciones habrán tenido que ser realizadas, facturadas y legalizadas. Esta convocatoria de ayudas se enmarca en la Estrategia Go Green Pamplona, que engloba las actividades que el ayuntamiento emprende en la lucha contra el cambio climático.

En el caso de la tipología de autoconsumo individual, la solicitud la debe realizar el propietario del inmueble, siendo beneficiario de la subvención él mismo. En el caso del autoconsumo colectivo, la solicitud la deberán realizar los propietarios que se vayan a beneficiar del autoconsumo; y si uno de los autoconsumos se asigna a los servicios comunes del edificio, la realizará la comunidad de propietarios. En el caso de autoconsumo colectivo para comunidades energéticas, la solicitud la llevará a cabo la propia comunidad energética.

Las solicitudes deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, en los registros auxiliares, o en cualquiera de los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se debe presentar la solicitud una vez que la persona o entidad solicitante tenga toda la documentación requerida. Los expedientes serán tramitados y resueltos por orden de entrada y en tanto se disponga de crédito presupuestario.

La percepción de esta subvención del Ayuntamiento de Pamplona es compatible con la desgravación sobre IRPF del Gobierno de Navarra, así como con las bonificaciones municipales en el IBI y el ICIO que reciben los inmuebles y obras, pero no es compatible con los fondos Next Generation EU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Deberá justificarse, en todo caso, que el importe de la concurrencia de subvenciones es inferior al coste total de la instalación.

 
 
PATROCINIO
Salir de la versión móvil