La Rioja lanza ayudas para autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos renovables

La Rioja lanza ayudas de 5,1 millones para autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos renovables

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publicó el pasado miércoles la Resolución de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno riojano, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovables, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial. Esta convocatoria, dotada con 5.168.848 euros, ha sido impulsada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Los interesados en las ayudas de La Rioja para autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos renovables podrán presentar las solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2023.

El objetivo de la nueva convocatoria de subvenciones de La Rioja es impulsar el desarrollo de las energías renovables para luchar contra el cambio climático respetando el patrimonio natural y el paisaje de la comunidad, incrementando las solicitudes de autoconsumo (alcanzando un total de 461 instalaciones), y multiplicando por cinco veces las instalaciones que había en la región en 2019. De esta manera, se promoverá la instalación de placas solares, instalaciones térmicas más sostenibles y el ahorro energético para fomentar el autoconsumo con el fin de mejorar la eficiencia energética y disminuir el consumo de energía primaria

Las ayudas, que gestiona el Ejecutivo de La Rioja, oscilarán entre el 15% y el 30% en el caso de las empresas, y financiarán cerca del 40% del coste de las instalaciones de autoconsumo en zonas residenciales. El incentivo podrá ampliarse hasta el 44% en zonas residenciales en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos renovables

El presupuesto de más de cinco millones de euros se distribuye en seis programas de incentivos diferentes. En los programas 1, 2 y 4 se encuentran las ayudas destinadas a promover la instalación de autoconsumo con fuentes de energía renovables con o sin almacenamiento. La diferencia es que en el programa 1 se dirigen al sector servicios y se destinan 675.790 euros, mientras que en el 2 se destinan a otros sectores productivos de la economía, para los que se invierten 2.271.102 euros; y el programa 4 dirige 1.014.040 euros a instalaciones en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

Además, existen incentivos para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, por un lado, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos con un presupuesto de 475.830 euros (programa 3) y, por otro, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector que cuentan con 34.860 euros (programa 5). El programa 6 cuenta con una dotación de 697.226 euros que incentivará el desarrollo de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial. También, en esta convocatoria se introduce una ayuda adicional del 10% sobre la subvención para municipios rurales de menos de 5.000 habitantes con el objetivo de abordar el reto demográfico.

Solicitudes y destinatarios de las ayudas

Los particulares, autónomos, empresas, administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro que estén interesados en optar a estas subvenciones podrán presentar sus solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2023 de manera telemática en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja. Las personas físicas podrán presentar la solicitud de manera online o presencial en la sede de la Dirección General de Transición Energética y Cambio Climático (C/ Prado Viejo, 62 bis de Logroño) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.

Los destinatarios últimos de las ayudas deberán presentar la documentación requerida para justificar la inversión en el plazo máximo de 18 meses contados desde la fecha en la que se les notifique la concesión. Los incentivos de los programas serán incompatibles con otras subvenciones que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 
 
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